CAMBIO
Escrito por: Marcelo Corrales

Una “Nueva Esperanza” para un Enfoque más Flexible

El caso LucasFilm es un muy buen ejemplo de conflictos internacionales de derechos de autor que responde a la pregunta de que si un tribunal nacional europeo (en este caso, el Reino Unido) puede ejercer jurisdicción y competencia sobre una demanda contra personas domiciliadas en el mismo país por violaciones de derechos de autor ejecutadas fuera de la Unión Europea. Los hechos del caso Lucasfilm son muy simples ya que se trata de la famosa primera película de Star Wars, lanzada en los Estados Unidos en 1977.

La película Star Wars (más tarde llamada “Star Wars Episodio IV Una Nueva Esperanza”) fue un gran éxito y ganó un Oscar al mejor diseño de vestuario. Parte de este éxito se debió al casco y la armadura del Stormtrooper Imperial:

“Uno de los recuerdos más perdurables de la película fue el de los Stormtroopers Imperiales. Estos eran soldados vestidos con armadura blanca, incluyendo un casco blanco que no dejaba descubierto ninguna parte del rostro…El objetivo del casco era que se lo usara como un elemento de vestuario en la película, para identificar a un personaje, pero además para retratar algo sobre ese personaje: su lealtad, fuerza, amenaza, propósito y, hasta cierto punto, probablemente su anonimato. Era una mezcla de vestuario y accesorios.” (extracto de la sentencia en el juicio LucasFilm, p. 2).

El concepto de George Lucas sobre el traje del Stormtrooper Imperial (casco, armadura y otros accesorios) tomó forma a través de dibujos y pinturas del artista Ralph McQuarrie entre 1974 y 1976.

El acusado, el Sr. Andrew Ainsworth, transformó los dibujos y pinturas en trajes tridimensionales. Creó varios prototipos a encargo del Sr. Lucas y una vez que se aprobó la versión final, se hicieron 50 copias del casco para la película. En el año 2004, el Sr. Ainsworth utilizó sus modelos originales de arcilla para crear nuevas copias del casco y la armadura Stormtrooper Imperial, y finalmente los vendió al público a través de Internet y obtuvo una ganancia estimada de entre 8.000 a 30.000 (US$) dólares de los Estados Unidos.

La parte demandante (un conjunto de compañías propiedad del Sr. Lucas, conocido como Lucasfilm) es dueña de las obras artísticas de las películas de Star Wars y consiguió una sentencia favorable contra el Sr. Ainsworth en California, Estados Unidos. Paralelamente, Lucasfilm intentó hacer cumplir esta sentencia y presentó una demanda por la violación de derechos de autor bajo la ley inglesa. En apelación, se plantearon dos cuestiones legales diversas: a) la definición de “escultura” en el derecho de autor inglés, y; b) la cuestión de que si un tribunal británico puede ejercer jurisdicción sobre una demanda en contra de personas domiciliadas en Inglaterra por violaciones de derechos de autor ejecutadas fuera del país.

La primera pregunta era de gran importancia para el acusado, ya que se refería a la aclaración de si los cascos de Stormtroopers eran considerados “esculturas” y, por lo tanto, estaban comprendidos en la Ley de Copyright, Diseños y Patentes del Reino Unido de 1988. El tribunal sostuvo que los cascos no se consideraban esculturas ya que servían un propósito funcional en la película en lugar de ser obras artísticas.

La segunda pregunta es tal vez más interesante para nuestra discusión en lo que respecta a cuestiones jurisdiccionales en Internet. En este caso, el Sr. Ainsworth había reconocido la infracción de los derechos de autor en los Estados Unidos, sin embargo, impugnó la competencia de los tribunales británicos. Este caso motivó a la Corte Suprema del Reino Unido a reconsiderar las decisiones judiciales anteriores, incluido el bien conocido principio de Mozambique, que se produjo en 1893 con respecto a una tierra registrada en Mozambique. En ese caso, los tribunales británicos habían dictaminado que no tenían jurisdicción y competencia para atender casos relacionados con disputas sobre tierras extranjeras.

Curiosamente, en la sentencia del caso Lucasfilm, la Corte Suprema del Reino Unido dictaminó inesperadamente que no existen obstáculos para que los tribunales británicos atiendan casos relacionados con violaciones de derechos de propiedad intelectual extranjeros, rechazando así el antiguo principio de Mozambique al que generalmente se hace referencia en casos de propiedad intelectual similares.

Los tribunales británicos pueden ahora decidir sobre cuestiones de derechos de autor extranjeros (no pertenecientes a la Unión Europea) estableciendo así una jurisdicción im personam sobre el acusado, lo que indudablemente representa un cambio y da una “nueva esperanza” para los partidarios de un enfoque más flexible sobre derechos de propiedad intelectual extranjeros. Esto sugiere que otros países del derecho común también podrían adoptar este nuevo enfoque.